Qué bienes deben declararse en el Modelo 720
- Cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero, cuando su saldo conjunto supere los 50.000 euros.
- Valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados o generados en el extranjero, con el mismo umbral conjunto.
- Bienes inmuebles y derechos sobre inmuebles situados fuera de España, igualmente sujetos al umbral de 50.000 euros.
Cada uno de estos tres bloques se declara de forma independiente, y la obligación de informar sobre un bloque no exime de declarar los demás si también se supera el umbral correspondiente en cada uno de ellos.
Consecuencias de no presentar el modelo o presentarlo con errores
Tras la sentencia del TJUE de enero de 2022, España modificó el régimen sancionador, sustituyendo las sanciones fijas desproporcionadas por el régimen sancionador general de la LGT. No obstante, la falta de presentación, o la presentación fuera de plazo o con datos incompletos, sigue pudiendo derivar en sanciones y, en los casos más graves, en la consideración de los bienes no declarados como ganancia patrimonial no justificada, imputable al periodo impositivo más antiguo no prescrito.
Casos frecuentes de riesgo
- Herencias o donaciones recibidas de familiares residentes en el extranjero, cuyo patrimonio no se declara por desconocimiento de la obligación.
- Personas que trasladaron su residencia a España manteniendo cuentas o inversiones en su país de origen, sin regularizar su situación fiscal.
- Empresarios con participaciones en sociedades extranjeras cuyo valor no se ha actualizado adecuadamente en declaraciones sucesivas.
- Criptoactivos custodiados en plataformas extranjeras, sujetos a la más reciente obligación de información específica (Modelo 721), estrechamente relacionada con el 720.
Cómo regularizar una situación de incumplimiento previo
Cuando se detecta que existían bienes en el extranjero no declarados en su momento, es recomendable analizar cuidadosamente la mejor vía de regularización voluntaria, valorando el riesgo de que la Administración ya disponga de la información a través de mecanismos de intercambio automático internacional. Un análisis técnico y jurídico conjunto, con apoyo de asesoría legal y fiscal especializada en fiscalidad internacional, es esencial para minimizar el impacto de una regularización tardía.
El papel del informe pericial en discrepancias de valoración
Cuando la Administración cuestiona el valor declarado de bienes en el extranjero —participaciones societarias, inmuebles o derechos de difícil valoración—, un informe pericial tributario puede resultar decisivo para sostener la valoración aportada por el contribuyente frente a estimaciones administrativas desproporcionadas.
Preguntas frecuentes
¿Debo presentar el Modelo 720 todos los años?
Solo es obligatorio presentarlo de nuevo si el valor de alguno de los bloques se incrementa en más de 20.000 euros respecto a la última declaración, o si se producen determinadas alteraciones (nuevas cuentas, extinción de titularidad, entre otras).
¿Qué relación existe entre el Modelo 720 y el Modelo 721 de criptoactivos?
El Modelo 721 es una declaración específica para criptomonedas custodiadas en el extranjero, complementaria al Modelo 720, con su propio umbral de 50.000 euros y su propio régimen de obligaciones.
¿Puede la AEAT descubrir bienes no declarados aunque nunca haya presentado el modelo?
Sí. España participa en mecanismos internacionales de intercambio automático de información financiera (CRS y FATCA), por lo que la Administración puede tener conocimiento de cuentas y activos en el extranjero sin necesidad de que el contribuyente los haya declarado.
Cumplir correctamente con el Modelo 720, y regularizar a tiempo cualquier incumplimiento previo, es esencial para evitar contingencias fiscales severas derivadas de patrimonio situado fuera de España.
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