Qué analiza una due diligence fiscal
- Situación de las autoliquidaciones presentadas en los últimos ejercicios no prescritos, verificando su correcta presentación y pago.
- Procedimientos de comprobación o inspección en curso, o riesgo de que se inicien tras la adquisición, por operaciones o ejercicios anteriores.
- Correcta aplicación de regímenes especiales (FEAC, consolidación fiscal, deducciones por I+D+i) que puedan haberse aprovechado incorrectamente.
- Contingencias en materia de precios de transferencia, si la sociedad forma parte de un grupo con operaciones vinculadas.
- Situación de retenciones e ingresos a cuenta, IVA y obligaciones formales frente a la AEAT.
Cláusulas fiscales en el contrato de compraventa
Los resultados de la due diligence fiscal deben trasladarse al contrato de compraventa mediante cláusulas específicas: declaraciones y garantías (representations and warranties) sobre la situación fiscal de la sociedad, cláusulas de indemnización (indemnities) para contingencias fiscales identificadas o desconocidas que se materialicen tras el cierre, y en ocasiones retenciones de parte del precio (escrow) hasta que prescriban los ejercicios fiscales con mayor riesgo. El correcto diseño de estas cláusulas requiere una coordinación estrecha entre el equipo fiscal y el mercantil que negocia el contrato.
El papel del informe pericial en la negociación
Cuando la due diligence identifica contingencias fiscales significativas, un informe pericial que cuantifique con precisión el riesgo fiscal detectado resulta esencial para negociar de forma fundamentada un ajuste en el precio de la operación, una retención específica del precio, o el diseño de garantías adecuadas al riesgo real identificado, evitando tanto sobrevalorar como infravalorar la contingencia.
Estructuración fiscal de la operación
Más allá de la revisión de contingencias, toda operación de M&A debe analizar la estructura fiscal óptima para su ejecución: compraventa de participaciones frente a compraventa de activos (asset deal), posible aplicación del régimen FEAC si la operación se articula mediante canje de valores, y planificación de la financiación de la adquisición. Un asesoramiento integral en asesoría legal y fiscal desde las primeras fases de la operación permite optimizar tanto el riesgo como la eficiencia fiscal de la transacción.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo suele durar una due diligence fiscal?
Depende de la complejidad y tamaño de la sociedad objetivo, pero suele oscilar entre dos y seis semanas, coordinándose habitualmente con la due diligence legal, laboral y financiera de la operación.
¿Quién responde de las contingencias fiscales anteriores a la compraventa?
Frente a la Administración tributaria, la propia sociedad adquirida sigue siendo responsable; frente al comprador, la responsabilidad del vendedor dependerá de las cláusulas de garantía e indemnización pactadas en el contrato de compraventa.
¿Es recomendable un escrow para cubrir riesgos fiscales?
En operaciones donde se han detectado contingencias fiscales relevantes, o en sectores con alta litigiosidad tributaria, retener parte del precio hasta la prescripción de los ejercicios de mayor riesgo es una práctica habitual y recomendable.
Una due diligence fiscal rigurosa, combinada con cláusulas contractuales bien diseñadas, es la mejor protección frente a las contingencias tributarias ocultas en cualquier operación de compraventa de empresas.
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