Qué es el Modelo 720 y quién debe presentarlo
El Modelo 720 es una declaración informativa anual mediante la cual los residentes fiscales en España deben informar a la AEAT sobre determinados bienes y derechos situados en el extranjero, cuando su valor supera los umbrales legalmente establecidos. La obligación se estructura en tres bloques independientes: cuentas en entidades financieras, valores, derechos, seguros y rentas depositadas o gestionadas en el extranjero, y bienes inmuebles situados fuera de España.
Umbrales y obligación de presentación
- La obligación de declarar cada bloque surge quaando su valor conjunto supera los 50.000 euros.
- Una vez presentada la primera declaración, solo es obligatorio volver a declarar en años sucesivos si el valor conjunto de algún bloque se incrementa en más de 20.000 euros respecto a la última declaración presentada, o si se produce la extinción de la titularidad de algún bien o derecho previamente declarado.
- El plazo de presentación se extiende desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo del ejercicio siguiente al que se refiere la información.
La sentencia del TJUE y sus efectos prácticos
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró en 2022 que el régimen sancionador asociado al Modelo 720 —incluida la calificación de ganancia patrimonial no justificada imprescriptible y las sanciones específicas asociadas— era desproporcionado y contrario al derecho de la Unión Europea. España modificó su normativa para adaptarse a esta sentencia, pero la obligación informativa de presentar el Modelo 720 en sí misma se mantiene plenamente vigente, con sanciones ahora alineadas con el régimen sancionador general de la LGT.
Consecuencias del incumplimiento tras la reforma
Aunque se ha suavizado el régimen sancionador específico, la falta de presentación o la presentación incorrecta del Modelo 720 sigue siendo relevante: puede facultar a la Administración para regularizar bienes no declarados como ganancias patrimoniales no justificadas en el último ejercicio no prescrito, con las correspondientes sanciones generales aplicables a las infracciones tributarias. Contar con asesoría legal y fiscal especializada para regularizar situaciones pasadas de forma voluntaria, antes de que la Administración inicie un procedimiento, suele ser mucho más beneficioso que esperar a una comprobación.
El componente pericial en la valoración de bienes en el extranjero
Cuando existe controversia sobre el valor de los bienes declarados —participaciones en sociedades extranjeras, inmuebles o derechos complejos— un informe pericial que valore adecuadamente dichos activos conforme a los criterios exigidos por la normativa española resulta esencial para defender correctamente la posición del contribuyente ante una eventual comprobación.
Preguntas frecuentes
¿Debo declarar una cuenta bancaria en el extranjero con menos de 50.000 euros?
No, si el valor conjunto de todas las cuentas de ese bloque no supera dicho umbral, no existe obligación de presentar el Modelo 720 respecto a ese bloque concreto.
¿Puedo regularizar voluntariamente bienes no declarados en el pasado?
Sí, y suele ser muy recomendable hacerlo antes de que la Administración inicie cualquier actuación, ya que la regularización voluntaria reduce sustancialmente el riesgo sancionador frente a una regularización de oficio.
¿Afecta el Modelo 720 a quienes se acogen al régimen de impatriados?
Los contribuyentes acogidos al régimen especial de impatriados están exonerados de esta obligación informativa mientras dure la aplicación del régimen, salvo determinadas excepciones específicas.
El Modelo 720 sigue siendo una obligación formal de primer orden para los residentes fiscales en España con patrimonio en el extranjero, y su correcto cumplimiento exige un análisis técnico riguroso de cada bloque patrimonial afectado.
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