Modelo 720: Obligación de Declarar Bienes en el Extranjero y Cómo Regularizarlos

Declaración de bienes en el extranjero Modelo 720, documentos internacionales
El Modelo 720 es la declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero que deben presentar los residentes fiscales en España cuando superan determinados umbrales de valor. Aunque el Tribunal de Justicia de la Unión Europea obligó a España a suavizar el régimen sancionador original por resultar desproporcionado, la obligación de declarar sigue vigente y su incumplimiento continúa teniendo consecuencias fiscales relevantes.

Quién está obligado a presentar el Modelo 720

Están obligados los residentes fiscales en España, personas físicas o jurídicas, titulares o titulares reales de bienes y derechos en el extranjero cuyo valor conjunto por cada uno de los tres bloques de bienes —cuentas en entidades financieras, valores y derechos, e inmuebles— supere los 50.000 euros. Una vez presentada la declaración inicial, solo es obligatorio volver a declarar cuando el valor de algún bloque se incrementa en más de 20.000 euros respecto a la última declaración, o cuando se produce la extinción de la titularidad de un bien previamente declarado.

Consecuencias del incumplimiento

Tras la sentencia del TJUE de enero de 2022, España modificó el régimen sancionador del Modelo 720, eliminando la calificación de los bienes no declarados como ganancia patrimonial no justificada imprescriptible y sustituyéndola por el régimen sancionador general de la LGT. No obstante, la falta de declaración o su presentación incorrecta sigue pudiendo derivar en regularizaciones significativas cuando la AEAT detecta, a través de mecanismos de intercambio automático de información internacional, bienes en el extranjero no declarados.

Intercambio automático de información: el fin de la opacidad

Los acuerdos internacionales de intercambio automático de información financiera (CRS, FATCA) han eliminado prácticamente la posibilidad de mantener bienes en el extranjero sin conocimiento de la Administración tributaria española. La AEAT recibe periódicamente información de más de cien jurisdicciones sobre cuentas, valores y otros activos financieros titularidad de residentes fiscales españoles, lo que ha multiplicado las regularizaciones voluntarias y las comprobaciones derivadas de bienes no declarados correctamente.

Regularización voluntaria: cómo minimizar el riesgo

Cuando un contribuyente detecta que debió presentar el Modelo 720 en ejercicios anteriores y no lo hizo, la regularización voluntaria mediante declaración complementaria fuera de plazo, antes de que la AEAT inicie cualquier actuación, permite reducir sustancialmente el riesgo sancionador. Este análisis debe realizarse con el apoyo de asesoría legal y fiscal especializada en fiscalidad internacional, valorando además el impacto en otros impuestos, como el IRPF o el Impuesto sobre el Patrimonio.

El papel del informe pericial en la valoración de activos en el extranjero

Determinar el valor exacto de participaciones societarias, inmuebles o carteras de inversión situadas en el extranjero, a efectos de la declaración informativa y de sus posibles implicaciones en el Impuesto sobre el Patrimonio, con frecuencia requiere un informe pericial de valoración internacional, especialmente cuando no existen valores de mercado directamente observables o cuando los activos están sujetos a restricciones de liquidez o transmisibilidad.

Preguntas frecuentes

¿Debo declarar una cuenta bancaria en el extranjero de menos de 50.000 euros?

No existe obligación de declarar si el valor conjunto de cada bloque de bienes no supera dicho umbral, salvo que se trate de una actualización de una declaración anterior con incrementos superiores a 20.000 euros.

¿El Modelo 720 tiene efectos fiscales por sí mismo?

Es una declaración meramente informativa, sin efectos tributarios directos, pero su incumplimiento puede dar lugar a sanciones y facilita a la AEAT detectar rentas o patrimonios no declarados en otros impuestos.

¿Qué plazo tengo para presentar el Modelo 720?

El plazo general de presentación es del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente al que se refiere la información declarada.

Con el intercambio automático de información ya plenamente operativo, cumplir correctamente con el Modelo 720 es una obligación que ningún contribuyente con patrimonio en el extranjero debería descuidar.

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